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Impuestos anuales sobre la vivienda en España para no residentes (2026): IBI, IRPF, basura

26 de mayo de 20269 min de lectura

Una vez que tiene un piso en España, paga 3-4 impuestos anuales aunque nunca lo alquile. Cifras reales para un piso medio de 250 000 € en Valencia a nombre de un no residente.

Qué paga realmente cada año como propietario no residente

Una vez firma en notaría y se convierte en propietario de un inmueble español, le esperan 4 pagos anuales recurrentes y uno situacional. Saltarse cualquiera de ellos significa que Hacienda acabará girándole la deuda con intereses y recargos.

Mapa rápido del artículo:

  1. IBI (impuesto municipal sobre bienes inmuebles)
  2. Basura (tasa de residuos)
  3. Comunidad (gastos de comunidad, técnicamente no es impuesto)
  4. IRPF Renta de no Residentes (el que nadie le avisa)
  5. Patrimonio (impuesto sobre el patrimonio, solo para grandes carteras)
  6. Plusvalía / Renta al vender (no anual, pero conviene saberlo)

Usaremos un ejemplo a lo largo del artículo: un piso típico de 250 000 € con 2 dormitorios en Valencia a nombre de un no residente.

1. IBI - Impuesto sobre Bienes Inmuebles

El impuesto municipal sobre la propiedad. Lo cobra el ayuntamiento donde está el inmueble. Anual, en Valencia normalmente entre agosto y noviembre.

Cálculo: un porcentaje fijo (entre 0,4 % y 1,1 % según el municipio) aplicado sobre el valor catastral del inmueble. El valor catastral suele ser el 30-60 % del precio de mercado.

Para nuestro piso de 250 000 € en Valencia:

  • Valor catastral: aproximadamente 80 000-100 000 €
  • Tipo de IBI en el centro de Valencia: 0,703 %
  • IBI anual: 560-700 €

Las localidades costeras y los distritos premium suelen tener tipos algo más altos. Los pueblos pequeños están más bajos (en torno al 0,4 %). El primer IBI llega al año siguiente de la compra.

2. Basura

Separada del IBI, al mismo ayuntamiento. Para la recogida de residuos. En la ciudad de Valencia, para una vivienda, ronda 50-150 €/año. Algunos municipios la incluyen en el IBI; la mayoría la giran aparte dos veces al año.

3. Gastos de comunidad

Técnicamente no es impuesto, sino una cuota mensual a la comunidad de propietarios para gastos comunes: limpieza, ascensor, vigilancia, calefacción comunitaria, abogado, a veces piscina, a veces conserje.

Rangos típicos para un piso de 2-3 dormitorios en Valencia:

Tipo de edificio Cuota mensual
Bloque antiguo sin ascensor / piscina 25-60 €
Bloque moderno con ascensor 60-120 €
Edificio con piscina, gimnasio, conserje 150-300 €
Residencia de lujo 300-600 €

Se paga vivas o no en el piso. Se cobra por domiciliación bancaria desde su cuenta española.

4. IRPF Renta de no Residentes - el impuesto sorpresa

Este es el que nadie menciona y que pilla a todo propietario extranjero.

Regla: todo no residente con inmueble en España debe presentar declaración anual mediante el Modelo 210, aunque el piso esté vacío.

Lógica de la ley fiscal española: un piso vacío "produce" renta imputada al propietario, calculada como 1,1 % del valor catastral (o 2 % si el catastro no se ha revisado en los últimos 10 años). Esa renta ficticia tributa al 19 % (residentes UE/EEE) o 24 % (resto del mundo).

Para nuestro piso de 250 000 € en Valencia con catastro de 90 000 €:

Concepto Cálculo Importe
Renta imputada anual 1,1 % × 90 000 € 990 €
Tipo IRNR (EE.UU., UK, etc, fuera de UE) 24 % × 990 € 238 €/año
Tipo IRNR (residentes UE) 19 % × 990 € 188 €/año

Si alquila el piso (larga o corta duración), la regla cambia: paga el 24 % (o 19 % UE) sobre la renta neta real del alquiler (alquiler menos gastos deducibles: reparaciones, comunidad, amortización, comisión de agencia). Los residentes UE pueden deducir; los no UE en general no, lo que hace que el tipo efectivo sobre el alquiler sea duro: 24 % bruto.

Plazo de presentación: 31 de diciembre del año siguiente al ejercicio. Es decir, la renta de 2025 se declara antes del 31 de diciembre de 2026.

Presentamos el Modelo 210 para nuestros clientes cada año a través de nuestra gestoría asociada por 60-90 € por piso. Saltárselo conlleva sanciones que se acumulan.

5. Patrimonio

España tiene impuesto sobre el patrimonio anual. Para no residentes, solo aplica al patrimonio español. Los primeros 700 000 € de patrimonio español están exentos (por persona). Por encima, tipos progresivos del 0,2 % al 3,5 %.

Para un piso de 250 000 € a nombre de una persona: 0 € de patrimonio. Para un chalé de 1 200 000 €: el impuesto entra en el medio millón sobre la exención, ~1 000 €/año.

Si dos cónyuges poseen un chalé de 1 500 000 € al 50 %: 750 000 € cada uno, ambos bajo la exención, 0 € de patrimonio.

6. Al vender

Dos impuestos al vender:

  • Plusvalía municipal (~1-3 % de la ganancia): al ayuntamiento, sobre el incremento del valor catastral durante la propiedad
  • Ganancia patrimonial en IRNR: 19 % UE, 24 % fuera de UE. Sobre la diferencia entre precio de venta y precio de compra más mejoras documentadas.

Si reinvierte el importe en vivienda habitual en 2 años Y es residente fiscal español, puede diferir. Como no residente, no hay diferimiento: paga al vender.

La factura anual completa - ejemplo de 250 000 €

Concepto Coste / año
IBI 600 €
Basura 100 €
Comunidad (edificio moderno, 90 €/mes) 1 080 €
Seguro del hogar 280 €
IRNR Modelo 210 (tasa + impuesto, no UE) 90 + 238 = 328 €
Patrimonio 0 €
Total 2 388 €

Para un piso medio en Valencia, presupueste unos 2 500 €/año en gastos fijos si no lo alquila. Sume suministros (agua 150 €, luz 600 €, internet 350 € en stand-by) y queda en torno a 3 500 € fijos.

Convenios fiscales

España tiene convenios de doble imposición con la mayoría de países. Implicaciones prácticas:

  • Residentes UE (Alemania, Francia, Países Bajos, etc): tributan al 19 % IRNR, pueden deducir gastos. El impuesto pagado en España se acredita en origen.
  • Residentes UK (post-Brexit, tercero): 24 % IRNR bruto, sin deducciones. Convenio España-UK evita la doble imposición pero paga al tipo más alto.
  • Residentes EE.UU.: 24 % IRNR más reporte FATCA. El IRS permite acreditar el impuesto español.
  • Residentes Canadá: 24 % IRNR, crédito similar con CRA.

Lo que NO se puede hacer

  • Saltarse el Modelo 210 porque el piso está vacío. Hacienda lo sabe por el catastro.
  • Infradeclarar el alquiler. Los bancos comparten datos con Hacienda; Airbnb también.
  • Intentar deducir gastos siendo no residente fuera de UE. La ley no lo permite.
  • Olvidar la basura. Pequeño importe, pero se acumula.

Lo que hacemos nosotros

Configuramos domiciliaciones automáticas para IBI, basura y comunidad en su cuenta española el día de la firma. Le conectamos con nuestra gestoría asociada que presenta el Modelo 210 por 60-90 €/piso/año. Para arrendadores, contabilidad mensual desde ~30 €/mes.

Escríbanos a info@wesnagroup.com con el piso que considera y le enviamos un cuadro anual de costes personalizado.

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